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Nuestra Política de Igualdad

ESPLAI SOCIAL declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la Igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa y de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

 

En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta asociación, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres atendiendo de forma especial a la discriminación indirecta, entendiendo por ésta “la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, pone a una persona de un sexo en desventaja particular respecto de personas del otro sexo”.

 

Respecto a la comunicación, tanto interna como externa, se informará de todas las decisiones que se adopten a este respecto y se proyectará una imagen de la asociación acorde con este principio de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

 

Los principios enunciados se llevarán a la práctica a través del fomento de medidas de Igualdad del I Plan de Igualdad implantado en la asociación en las áreas de selección, conciliación, promoción, formación, salud laboral y comunicación y lenguaje no sexista, que suponga mejoras respecto a la situación presente, arbitrándose los correspondientes sistemas de seguimiento, con la finalidad de avanzar en la consecución de la Igualdad real entre mujeres y hombres en la asociación y por extensión en el conjunto de la sociedad. 

 

Los Planes de Igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la asociación la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

 

Para su definición se ha contado con la participación de las trabajadoras y los trabajadores, no sólo en el proceso de negociación tal y como lo establece la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, sino en todo el proceso de desarrollo y evaluación de las mencionadas medidas a través del Comité de Igualdad formado en la asociación.

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